Relación
con otras carreras
Licenciatura
en Ciencias Biológicas de Facultad de Ciencias
Existe una serie de asignaturas comunes a
ambas carreras y está previsto en Bedelía la reválida
automática de muchas de ellas a los efectos de realizar
el pasaje horizontal entre las Licenciaturas en Bioquímica
y Ciencias Biológicas.
Asignatura cursada: |
Equivalente a: |
Biología General |
BL039 Introducción a
la Biología |
Física I |
FI001 Física I |
Química General + Fisicoquímica
General |
GL001 Química I |
Matemática I |
MA001 Matemática I |
Química Orgánica
(Primer parcial) |
GL003 Química II (exámen) |
Física II |
FI050 Física II |
Matemática II |
MA930 Matemática II |
Biofísica |
BL003 Biofísica |
Bioquímica I y II |
BL000 Bioquímica |
Biología Celular |
BL005 Biología Celular |
Tratamiento de Datos |
Bl063 Bioestadística |
Ciencia y Desarrollo |
BL253 Ciencia y Desarrollo |
Historia y Filosofía
de la Ciencia |
BQ043 Historia y Filosofía
de la Ciencia |
Genética Molecular I |
BL028 Genética |
Genética Molecular II |
BL052 Biología Molecular
(profundización) |
Virología |
BL127 Virología
(profundización) |
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Carrera
de Bioquímica Clínica Facultad de Química
Acuerdo sobre Bioquímica Clínica
En diciembre de 1999 el CDC aprobó
la nueva carrera de Bioquímica Clínica de la Facultad
de Química, con un plan curricular de cinco años.
Dentro de la FC varios sectores (los egresados y muchos estudiantes
de la Licenciatura en Bioquímica, algunos Consejeros)
consideraron que aquella Carrera tenía muchos puntos
de contacto con esta Licenciatura, lo que podría perjudicar
las posibilidades de trabajo y ejercicio profesional de nuestros
egresados: mientras la FQuím ya es reconocida legalmente
por los organismos estatales de control fiscal, laboral y de
seguridad social como expedidora de títulos profesionales,
la FC no lo es todavía. Por otra parte, se consideró
como altamente conveniente no duplicar esfuerzos docentes, mediante
la coordinación y complementación entre ambos
servicios en propuestas curriculares con un importante solapamiento.
La situación dio lugar a numerosas discusiones, y muy
particularmente a un Foro que convocó a los tres órdenes
de las dos Facultades. Tras resolverse la reconsideración
del tema de la nueva Carrera, finalmente el 21 de febrero del
2000 la FQuím y la FC llegaron a un acuerdo. El CDC lo
aprobó el 22 de febrero, y resolvió anexarle las
puntualizaciones hechas en esa sesión por el Dr. Ricardo
Ehrlich en nombre de la FC. Ambos textos se transcriben a continuación.
Acuerdos iniciales de coordinación curricular entre las
Facultades de Ciencias y Química, para la implementación
colaborativa de la Licenciatura en Bioquímica y de la
Carrera de Bioquímica Clínica.
1. Ambas Facultades reconocen que, globalmente,
el curriculum de la Lic. en Bioquímica es equivalente
al conjunto de las materias de formación científica
y electivas de la Carrera de Bioquímica Clínica.
Este reconocimiento resulta de considerar que, aunque los dos
curricula no son iguales en cuanto a su contenido relativo de
diferentes disciplinas básicas, ambos proporcionan una
formación de base global apropiada. Adicionalmente se
reconoce también que el Trabajo Especial I y II de la
Lic. en Bioquímica es equivalente al Internado/Practicantado/Proyecto
de la Carrera de Bioquímica Clínica, cuando el
tema de trabajo elegido esté en el área biomédica/clínica.
Conjuntamente con la existencia en ambas carreras de materias
electivas, la existencia de estas dos formaciones de base que,
aunque diferentes, son globalmente equivalentes hará
que esta propuesta posibilite que los estudiantes de las dos
carreras, después de cursar las materias de formación
profesional, generen una población de egresados con una
diversidad de formaciones que seguramente enriquecerá
el espectro de perfiles de los mismos en beneficio de la sociedad.
Dados los antedichos reconocimientos globales, se resuelve que:
a) los egresados de la Lic. en Bioquímica que hayan realizado
el Trabajo Especial I y II en el área biomédica
o clínica, accederán al título de Bioquímico
Clínico una vez que complementen sus estudios con los
90 créditos de materias de formación profesional
de la Carrera de Bioquímico Clínico.
b) los estudiantes de Bioquímica Clínica que hayan
obtenido todos los créditos de materias básicas
y electivas así como completado y aprobado el Internado/Practicantado/Proyecto
podrán acceder al título de Lic. en Bioquímica.
c) los estudiantes de ambas carreras podrán movilizarse
fácilmente hacia la otra a través del reconocimiento
de los créditos de evaluación comunes. Esto se
hará mediante una tabla que determine el número
equivalente de créditos, según su contenido y
carga horaria, para las Asignaturas o Módulos dictados
en ambas Facultades dentro del curriculum de las dos carreras.
Se creará una Comisión Académica Interfacultades
(CAI) como mecanismo permanente de coordinación entre
ellas en el ámbito de la Bioquímica la que, entre
otros cometidos, deberá diseñar la antedicha tabla
de equivalencias. El uso de esta tabla permitirá que,
tomando en cuenta tanto el reconocimiento de la antedicha equivalencia
global como las similitudes y diferencias de ambos curricula,
se cree un sistema general de reconocimiento de materias que
facilite el tránsito horizontal. De esta forma, para
el caso de cursos dictados en la Facultad de Ciencias, la CAI
asumirá el rol que se le asigna a la Comisión
de Seguimiento de la Carrera de Bioquímica Clínica
en el item 4.1.d del Plan de Estudios de esa Carrera.
d) se reconocerá el derecho de acceso a la otra carrera
de los estudiantes y egresados de cada carrera que así
lo deseen, haciendo uso de los mecanismos antedichos y de los
recursos académicos, humanos y materiales necesarios
disponibles en ambas Facultades para poder instrumentar rápidamente
los nuevos requerimientos.
2. Los estudiantes ingresados en cualquiera de las dos carreras
tendrán plenos derechos en cualquiera de las dos Facultades
en el marco de las normativas vigentes.
3. La CAI funcionará con delegados de los 3 órdenes
de ambas Facultades que representen por un lado a la Comisión
Coordinadora Docente de la Lic. en Bioquímica (Facultad
de Ciencias) y por otro a la Comisión de Seguimiento
de la Carrera de Bioquímica Clínica (Facultad
de Química). Se podrá integrar a esta Comisión
un miembro externo vinculado a esta área del conocimiento,
designado de común acuerdo por los dos servicios. Además
de la función general de coordinar las actividades académicas
y curriculares relacionadas con ambas carreras y de diseñar
y ejecutar los mecanismos sistemáticos de reconocimiento
de créditos citados en el artículo 1 de estos
acuerdos, la CAI se encargará también de asesorar
a los estudiantes ingresados en cualquiera de las dos Facultades
en lo relativo a la movilidad horizontal entre ambas carreras.
4. Ambas Facultades se comprometen a optimizar el uso de sus
recursos académicos, humanos y materiales para el mejor
desarrollo de ambas propuestas curriculares, estimulando y promocionando
la colaboración y complementación docente entre
las mismas. De ser necesario para este fin, se crearán
mecanismos específicos de resolución en conjunto
de las dificultades prácticas que puedan surgir a nivel
organizativo como consecuencia de los desplazamientos de estudiantes
y egresados entre ambas Facultades.
5. Se deja constancia de la aspiración de ambas Facultades
de avanzar hacia la mayor coordinación curricular posible,
que podría llegar a incluir la constitución de
tramos comunes flexibles para ambas carreras.
6. La disposición incluida en el punto 1.a) debe considerarse
complementaria del trámite a realizar para el reconocimiento
profesional de las Licenciaturas científicas.
Puntualizaciones del consejero
Dr. Ricardo Ehrlich (Decano):
1. Es preocupación central de la
FC que la valoración de las disciplinas cursadas en ambas
Facultades se efectúe con una paramétrica común.
Se entiende que la formulación del punto 1.c así
lo establece.
2. Las disposiciones acordadas implican un importante proceso
de pasajes horizontales de estudiantes y graduados, así
como una intensa complementación docente en propuestas
curriculares con significativo solapamiento. Debe ser objeto,
entonces, de un estricto seguimiento.
3. La FC considera como altamente positivo la integración
de por lo menos un miembro externo a la Comisión Interfacultades
definida en el punto 1.c.
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